DERECHO PENAL GENERAL

ACTUACIONES:

Cualquier actuación surgida en la jurisdicción penal, como defensa o acusación.

  • Denuncias, Querellas.

  • Asistencia en declaración policial y/o judicial.

  • Solicitud de libertad provisional.

  • Procedimiento de hábeas corpus ante Juez de Instrucción.

  • Juicios rápidos.

  • Escritos de acusación, y de defensa.

  • Defensa en juicios penales.

  • Acusación particular en juicios penales.

  • Recursos ante resoluciones y sentencias.

  • Solicitud de Suspensión de penas de prisión.
  • Recursos ante resoluciones denegando suspensión de penas de prisión.

  • Tramites en ejecutorias.

 
DELITOS:

En todos los delitos recogidos en el Código Penal vigente, y en la legislación complementaria o especial, especialmente en los siguientes:

  • Homicidio y sus formas.

  • Aborto.

  • Lesiones.

  • Lesiones al feto.

  • Relativos a la manipulación genética.

  • Contra la libertad.

  • Detenciones ilegales y secuestros.

  • Amenazas.

  • Coacciones.

  • Torturas y otros delitos contra la integridad moral.

  • Trata de seres humanos.

  • Contra la libertad e indemnidad sexuales.

  • Agresiones sexuales.

  • Abusos sexuales.

  • Abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años.

  • Acoso sexual.

  • Exhibicionismo y provocación sexual.

  • Relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.
  • Omisión del deber de socorro.

  • Contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio.

  • Descubrimiento y revelación de secretos.

  • Allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

  • Contra el honor.

  • Calumnia.

  • Injuria.

  • Contra las relaciones familiares.

  • Matrimonios ilegales.

  • Suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor.

  • Contra los derechos y deberes familiares.

  • Quebrantamiento de los deberes de custodia y de la inducción de menores al abandono de domicilio.

  • Sustracción de menores.

  • Abandono de familia, menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

  • Contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

  • Hurtos.

  • Robos.

  • Extorsión.

  • Robo y hurto de uso de vehículos.

  • Usurpación.

  • Defraudaciones.

  • Estafas.

  • Administración desleal.

  • Apropiación indebida.

  • Defraudaciones de fluido eléctrico y análogas.

  • Frustración de la ejecución.

  • Insolvencias punibles.

  • Alteración de precios en concursos y subastas públicas.

  • Daños.

  • Relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores.

  • Relativos a la propiedad intelectual.

  • Relativos a la propiedad industrial.

  • Relativos al mercado y a los consumidores.

  • Corrupción en los negocios.

  • Sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural.

  • Societarios.

  • Receptación y el blanqueo de capitales.

  • Financiación ilegal de los partidos políticos.

  • Contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

  • Contra los derechos de los trabajadores.

  • Contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

  • Relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

  • Sobre la ordenación del territorio y el urbanismo.

  • Sobre el patrimonio histórico.

  • Contra los recursos naturales y el medio ambiente.

  • Relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.

  • Contra la seguridad colectiva.

  • Riesgo catastrófico.

  • Relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes.

  • Estragos.

  • Riesgo provocados por explosivos y otros agentes.

  • Incendios.
- Incendios forestales.
Incendios en zonas no forestales. Incendios en bienes propios.

  • Contra la salud pública.

  • Contra la Seguridad Vial.

  • Falsedades.
  • Falsificación de moneda y efectos timbrados.
-
  • Falsedades documentales.

  • Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de los despachos transmitidos por servicios de telecomunicación.

  • Falsificación de documentos privados.
  • Falsificación de certificados.

  • Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje.

  • Usurpación del estado civil.

  • Usurpación de funciones públicas y del intrusismo.

  • Contra la Administración pública.

  • Prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos.
  • Abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos.
  • Desobediencia y denegación de auxilio.

  • Infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos.
  • Cohecho.

  • Tráfico de influencias.

  • Malversación.

  • Fraudes y exacciones ilegales.

  • Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función.

  • Contra la Administración de Justicia.

  • Prevaricación.

  • Omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución.
  • Encubrimiento.

  • Realización arbitraria del propio derecho.

  • Acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos.

  • Falso testimonio.

  • Obstrucción a la Justicia y la deslealtad profesional.

  • Quebrantamiento de condena.

  • Contra la Administración de Justicia de la Corte Penal Internacional.

  • Contra la Constitución.

  • Rebelión.

  • Contra la Corona.

  • Contra las Instituciones del Estado y la división de poderes.

  • Contra las instituciones del Estado.

  • Usurpación de atribuciones.

  • Relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.
  • Cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.

  • Contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y el respeto a los difuntos.

  • Cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.

  • Cometidos por los funcionarios públicos contra la libertad individual.
  • Cometidos por los funcionarios públicos contra la inviolabilidad domiciliaria y demás garantías de la intimidad.

  • Cometidos por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales.
  • Ultrajes a España
.
  • Contra el orden público.

  • Sedición.

  • Atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.

  • Desórdenes públicos.
  • Tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos.
  • Organizaciones y grupos criminales.

  • Organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo.
  • Organizaciones y grupos terroristas.

  • Terrorismo.

  • Traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional Traición.

  • Contra la paz o la independencia del Estado.

  • Descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la Defensa Nacional.

  • Contra la Comunidad Internacional.

  • Contra el Derecho de gentes.

  • Genocidio.

  • De lesa humanidad.

  • Contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
  • Piratería.
- Etc.

DERECHO PENAL ESPECIAL

VIOLENCIA DE GENERO.

ACTUACIONES (DEFENSA y ACUSACIÓN):

  • Cualquiera procedente en los asuntos sobre violencia de género.
  • Denuncia o Querella inicial.

  • Asistencia en declaración policial o judicial.
- Solicitud de orden de protección.
-
  • Recursos ante la orden de protección.
- Solicitud de diligencias probatorias (Periciales Médico Forense, Testifícales, etc.).
  • 
Solicitud de medidas civiles.

  • Separaciones, divorcios ante los Juzgados de Violencia de Género.

  • Recursos ante las medidas civiles.
-
  • Solicitud de libertad provisional.

  • Juicios rápidos ante los Juzgados de Violencia de Género.

  • Escritos de acusación, y defensa.

  • Juicios penales ante los Juzgados de lo Penal, y las Audiencias Provinciales.
  • Recursos ante las sentencias.

  • Solicitud de Suspensión de las penas de prisión impuestas.

  • Recursos ante la denegación de la suspensión.

  • Tramites en ejecutorias.

MENORES.

ACTUACIONES:

  • Cualquiera que se pudiera llegar a originar en el ámbito de la responsabilidad penal de los menores , como defensa o acusación.
  • Denuncia o Querella.

  • Asistencia en declaración policial y/o judicial del menor.

  • Procedimiento de hábeas corpus ante Juez de Instrucción.

  • Solicitud de desistimiento de la incoación del expediente por corrección en el ámbito educativo y familiar.

  • Solicitud de sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación entre el menor y la víctima.

  • Intervención general en el expediente desde su incoación.

  • Personación en el procedimiento como acusación particular o defensa.
  • Proposición de diligencias (Pericial Médico Forense, testifícales, etc.).

  • Comparecencia de medidas cautelares.

  • Solicitud de medidas cautelares en los casos de exención de responsabilidad penal.

  • Solicitud de modificación de la medida impuesta.

  • Intervención en la fase de audiencia, escrito de alegaciones y proposición de prueba, y solicitud de sobreseimiento y archivo de las actuaciones.
  • Celebración de la audiencia (juicio penal).

  • Solicitud de suspensión de la ejecución del fallo de la sentencia.

  • Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial contra la sentencia.

  • Recurso de reforma ante el Juez de Menores contra autos y providencias.
  • Recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, contra los autos y sentencias dictados por el Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional.

  • Recurso de casación para unificación de doctrina ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, contra las sentencias dictadas en apelación por la Audiencia Nacional y por las Audiencias Provinciales.

  • Solicitud de refundición de medidas impuestas.

  • Solicitud de la sustitución de medidas impuestas.
-
  • Peticiones, quejas o recursos ante los centros.

  • Recursos ante el Juez de Menores ante las resoluciones sancionadoras de los centros.

 

CONSULTAS:

Sobre la responsabilidad penal de los menores, y en específico sobre:

  • Régimen de los menores de catorce años.

  • Derechos de las víctimas y de los perjudicados.

  • Responsabilidad de los menores.

  • Medidas susceptibles de ser impuestas a los menores.

  • Régimen general de aplicación y duración de las mismas.

  • Reglas especiales de aplicación y duración de las medidas.

  • Pluralidad de infracciones.

  • Procedimiento de aplicación de medidas en supuestos de pluralidad de infracciones.

  • Modificación de la medida impuesta.

  • Mayoría de edad del condenado.

  • Prescripción.

  • Informe del equipo técnico.

  • Medidas cautelares.

  • Medidas cautelares en los casos de exención de responsabilidad penal.

  • Fase de audiencia.

  • Conformidad del menor.

  • Suspensión de la ejecución del fallo de la sentencia.

  • Recursos procedentes y tramitación.

  • Ejecución de las medidas.

  • Liquidación de la medida, y en su caso, traslado del menor a un centro.

  • Refundición de medidas impuestas.

  • Sustitución de las medidas impuestas.

  • Cumplimiento de la medida.

  • Derechos y deberes de los menores internados en centros.

  • Régimen disciplinario de los menores internados en centros.

  • Peticiones, quejas o recursos ante los centros.

  • Recursos ante las resoluciones sancionadoras de los centros.
  • Responsabilidad civil.

 PENITENCIARIO 

ACTUACIONES:

Cualquiera de las producidas en la práctica penitenciaria.

  • Libertad y excarcelación de detenidos.

  • Libertad provisional y excarcelación de penados.
- Libertad y excarcelación de penados por medidas de gracia.

  • Libertad y excarcelación penados extranjeros sometidos a medida de expulsión posterior a cumplimiento de condena.
  • Sustitución de penas a extranjeros por expulsión.

  • Certificación y ayudas de excarcelación.

  • Libertad condicional de los penados.

  • Beneficios penitenciarios, adelantamiento de Libertad condicional, Indulto particular.

  • Permisos de salida de penados en general.

  • Permisos de salida ordinarios de penados.
  • Permisos de salida extraordinarios de penados.

  • Permisos de salida de preventivos en general.

  • Cambios de establecimiento penitenciario.

  • Recursos contra expediente disciplinario, sanciones en general.

  • Recursos ante la suspensión de comunicaciones orales, escritas, y telefónicas.

  • Peticiones y quejas ante Administración penitenciaria.

  • Salidas del establecimiento en régimen abierto.

  • Salidas de fin de semana en régimen abierto.

  • Grados de clasificación, progresión.

  • Quejas y recursos ante denegación de solicitudes.

 
CONSULTAS:

Sobre el derecho penitenciario en general, y en particular sobre:

  • Derechos y Deberes de internos.

  • Establecimientos penitenciarios en general, y en particular.

  • Organización general de establecimientos penitenciarios.

  • Ingreso en establecimiento penitenciario.

  • Conducciones y traslados, y Desplazamientos a hospitales no penitenciarios.

  • Régimen disciplinario, Determinación de sanciones, Procedimiento, Iniciación, Instrucción, Resolución, Recursos, Ejecución y Cumplimiento, Prescripción y Cancelación.

  • Participación de internos en actividades de establecimientos, en Régimen abierto, en Régimen ordinario, y situaciones excepcionales.

  • Régimen de establecimientos penitenciarios, Régimen ordinario, Régimen abierto, Régimen cerrado, y Régimen de preventivos.

  • Clasificación de penados, Grados de clasificación.

  • Relación laboral especial penitenciaria.

  • Formas especiales de ejecución, internamiento en centro de inserción social, en unidades dependientes, en establecimiento o departamento mixto, en departamento para jóvenes, en unidades de madres, en unidades extra-penitenciarias, en establecimiento o unidades psiquiátricas penitenciarias.